Abogados para Residencia en Costa Rica
La inmigración hacia Costa Rica se ha vuelto popular en la última década. Costa Rica ofrece una serie de hechos y circunstancias que la convierten en una buena opción para retirarse, invertir, vivir, visitar, trabajar o estudiar.
Nuestros servicios legales y especializados de migración en Costa Rica incluyen la labor de profesionales calificados y abogados en Costa Rica, los cuales proveen información relevante y actual para asesorar a los futuros inmigrantes para tramitar, obtener y regular su estatus migratorio en Costa Rica, todo de acuerdo a la legislación migratoria nacional vigente.
Toda solicitud de residencia en Costa Rica está regulada por la "Ley General de Migración y Extrangería", cuya última versión entró en vigencia en Marzo del año 2010. Esta ley está sujeta a constantes cambios y revisiones periódicas, lo cual requiere de parte de nuestros abogados y personal mantenerse actualizados con las regulaciones migratorias vigentes así como los regímenes migratorios aplicables. Todas las solicitudes son estudiadas y eventualmente sujetas a aprobación por parte de la sección correspondiente del Departamento de Migración.
Nuestros servicios migratorios en Costa Rica cuentan con el apoyo logístico y profesional
Los Trámites de Residencia - Obtener una residencia en Costa Rica es un proceso lento y dificil para cualquier extranjero que desee residir en el país. Es por eso que nos encargamos de brindar una asesoría ágil y oportuna en aspectos migratorios para la obtención de su residencia, de acuerdo a su condición y necesidades.
Tipos de residencia en Costa Rica
Residencia Permanente en Costa Rica:
Condición migratoria que permite permanecer en Costa Rica de manera indefinida y con la posibilidad de trabajar sin problemas. Pueden optar a esta residencia aquellas personas cuyos padres o hijos sean costarricenses; o los extranjeros que durante tres años consecutivos han contado con residencia temporal.
Residencia Temporal en Costa Rica:
Se entrega por un máximo de dos años en las siguientes categorías:
Residencia como cónyuge de costarricense:
* La recibirá el extranjero (a) que presente pruebas fehacientes de estar casada legalmente con un ciudadano tico. De cumplir con ese requisito se le entregará la residencia por un año, el cual puede ser prorrogable por el mismo período. Cuando la persona cumpla tres años como residente legal, puede optar por la Residencia Permanente.
Residencia como religioso:
* Podrán optar por ella quienes profesen una religión acreditada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Residencia para miembros de una empresa:
* Aplica para extranjeros (y sus cónyuges e hijos) con puestos de ejecutivos, representantes, gerentes y el personal técnico de compañías establecidas en Costa Rica.
Residencia para científicos, profesionales o pasantes:
* Ellos podrán solicitarla al igual que sus dependientes.
Residencia como corresponsales y personal de agencias de prensa:
* Se trata de profesionales ligados al Periodismo, que por su labor, necesitan residir en el país.
Residencia como deportista:
* La podrán pedir aquellos deportistas que estén acreditados ante el Consejo Nacional de Deportes de Costa Rica.
Residencia para inversionistas:
* Estos pueden estar ligados con
a) proyectos productivos o de interés nacional;
b) bienes inmuebles y muebles;
c) acciones y valores y
d) plantaciones forestales.
Residencia para pensionados:
* Se le entregará a quienes brinden pruebas de que disfrutan de una pensión mensual y vitalicia de $1.000 USD o su equivalente.
Residencia para rentistas:
* Aquellos que prueben que durante no menos de dos años percibirán una renta mensual no inferior a $2.500 USD o su equivalente.
Para aplicar a una de las residencias mencionadas anteriormente, el interesado deberá contar también con la visa al día, presentar su certificado de nacimiento y de antecedentes penales, tomarse huellas digitales y adjuntar fotografías recientes, entre otros.