Suspensión de la licencia de conducir por parte del DMV en California
Cuando a un conductor en California se le arresta, se supone que se le debe dar a escoger entre una prueba de aliento o sangre. Si una muestra de aliento indica un nivel de alcohol en sangre de .08% o más, o se toma una muestra de sangre para un análisis posterior ( o de orina si no se puede conseguir fácilmente una muestra de aliento o sangre), o el individuo se niega a someterse a una prueba química, la policía inmediatamente confiscará su licencia de conducir ( a menos de que sea una licencia de otro estado) y se le entrega una hoja de papel rosa. Este papel sirve como (1) una notificación formal de suspensión inmediata, una licencia temporal válida durante 30 días y (3) una explicación técnica de las leyes y procedimientos involucrados.
Si éste es un primer delito, la licencia se suspenderá durante 4 meses. Esto se puede reducir a 1 mes seguido de 5 meses de una licencia restringida que le permite manejar a su trabajo si el individuo muestra un comprobante de inscripción en una escuela de DUI y comprobante de seguro ( el formulario “SR-22”). Si el caso tiene que ver con una negativa a someterse a una prueba química, la suspensión es de 1 año; no hay posibilidad de conseguir una licencia restringida. Un segundo delito dentro de 10 años conlleva una suspension de 1 año, y 2 años si hubo una negativa.
Usted o su abogado especializado en DUI tienen 10 días dentro de los cuales deben llamar a la Oficina de Seguridad de Conductores ( Drivers Safety Office) del Departamento de Vehículos Motorizados para disputar la suspensión en una audiencia administrativa. Esto se llama la suspensión administrativa de la licencia.
Se recomienda fuertemente que se solicite una audiencia con el DMV. Hay buenas probabilidades de que se anule la suspensión; lo peor que puede suceder es que esa misma suspensión simplemente entre en vigor, pero después de 30 días. NOTA: Es crítico que su abogado se ponga en contacto con el DMV a más tardar 10 días naturales a partir de la fecha del arresto. En el undécimo día el DMV se negará a otorgar una audiencia y la suspensión automáticamente entrará en efecto a los 30 días. Si usted no ha contratado a un abogado dentro de este plazo de 10 días, debe ponerse usted mismo en contacto con la Oficina de Seguridad de Conductores. En el sur de California las oficinas principales están ubicadas en El Segundo, City of Commerce, Irvine, San Bernardino, Oxnard y San Diego.
En la mayoría de los casos, debido a un exceso de casos, el DMV no podrá otorgar una audiencia antes de que se venza la licencia temporal de 30 días. En ese caso, su abogado debe exigir y obtendrá- una extensión de la licencia temporal ( llamada “aplazamiento”) hasta que se otorgue la audiencia y se tome una decisión.
Esta suspensión administrativa per se (“APS”; Administrative Per Se) se basa en las llamadas leyes del “consentimiento implícito”de California: se “presume”que cualquier persona que conduzca en este estado ha consentido implícitamente a someterse a pruebas químicas si se le sospecha de manejar en estado de embriaguez. Parecería, sin embargo, que el procedimiento infringe la Constitución estadounidense: El agente es juez, jurado y ejecutor. En segundo lugar, parecería constituir un "doble riesgo": Al individuo se le acusa de un delito penal y se le castiga en el juzgado( incluyendo la suspensión de la licencia) y después se le acusa en una audiencia independiente y se le castiga otra vez con la suspensión de la licencia. Los tribunales, sin embargo, han usado una lógica forzada al concluir que uno es penal y el otro administrativo ¡una suspensión de la licencia simplemente es una “sanción administrativa”, no un “castigo”!
La audiencia de suspensión de la licencia por parte del DMV es encabezada por un funcionario que es empleado del DMV. Esta persona, a pesar de no estar juridícamente capacitada, actuará como el “juez”- ¡ y también como el fiscal! Puede, por ejemplo, tomar decisiones en cuanto a sus propias objeciones. La audiencia se lleva a cabo como un juicio en miniatura, pero sin jurado y con distintas reglas que rigen la pertinencia y admisibilidad de las pruebas. Las defensas tienden a ser más técnicas que en los juzgados, ya que se ofrecen errores de procedimiento y burocráticos como la base para una “anulación” de la suspensión. Por la técnica natural de estas audiencias y la falta de un juez independiente, no es recomendable que usted intente representarse a sí mismo. Y ya que estas audiencias no son de fondo penal, no tendrá a su disposición defensor de oficio.
Las dos partes pueden presentar testimonio, a pesar de que el funcionario generalmente sólo presenta documentos, tales como reportes policiales, informes de laboratorio y la declaración jurada del agente. Ya que no se puede invocar el derecho amparado por la quinta enmienda constitucional ( Fifth Amendment right) en esta audiencia, el abogado puede elegir que su cliente esté o no presente en la audiencia, ya que el funcionario puede pedirle que testifique. Usualmente no se toma una decisión sino hasta días o semanas después de la audiencia. Si la decisión es adversa, puede apelarse ante el DMV en Sacramento y/o ante los juzgados presentado un “auto”