Testamentos y Herencias
¿Qué hacer cuando eres beneficiario?
En caso de fallecimiento de un titular de una cuenta de ahorro, de depósitos a plazo o inversión, el o los beneficiarios tendrán a derecho a retirar los recursos.
¿Qué hacer cuando eres beneficiario?
Para tal efecto, deben acudir a la sucursal de origen de la cuenta y presentar diversa documentación que permita hacer el retiro, precisa la funcionaria. Esto es lo que debes mostrar:
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Acta de defunción en original, y copia para el cotejo
- Contrato en original, en donde conste la designación de beneficiarios con firma autógrafa del finado, así como del funcionario autorizado por el banco
- Copia de identificación oficial del finado
- Original y copia de la identificación oficial del beneficiario
Al entregar todo esto, y una vez revisada por la gente del banco, la institución bancaria procede al análisis detallado de cada uno de los documentos, para determinar su procedencia o no . De no existir impedimento, se cita a los beneficiarios para efectuar el pago correspondiente.
Sin embargo, la entrevistada resalta lo dispuesto en el Artículo 56, segundo párrafo, de la Ley de Instituciones de Crédito “en virtud de que existen límites de acuerdo al monto del retiro, es decir, la cantidad que se entrega a los beneficiarios”.
Y es que el banco tiene la obligación de entregar el saldo a favor “siempre y cuando no exceda el mayor de los límites establecidos” y que es el siguiente:
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El equivalente a 20 veces el Salario Mínimo General Diario Vigente en el Distrito Federal, elevado al año por operación (poco más de 369 mil pesos)
- El equivalente al 75% del importe de cada operación.
En caso de que existiera excedente, éste deberá entregarse en los términos previstos por la legislación común.
Esto significa que si los recursos depositados en la cuenta son superiores a 369 mil 161 pesos, únicamente se entregará a los beneficiarios el 75% de los recursos existentes en la cuenta y el resto corresponderá a los herederos legítimos o testamentarios que se determinen en la sucesión ante el juez o ante el notario.