El Permiso de Residencia en el Exterior el PREEl Permiso de Residencia en el Exterior - Muchos ciudadanos cubanos tantos residentes permanentes en el exterior como residentes en Cuba desconocen las bondades del Permiso de Residencia en el Exterior, mas conocido como PRE, por lo que no solicitan el mismo ante las Autoridades Migratorios de su lugar de residencia o ante las Oficinas Consulares de Cuba en el exterior, cuando deciden fijar su residencia en otro país.

¿Qué es el Permiso de Residencia en el Exterior? Es el permiso que otorgan las Autoridades Migratorias cubanas, para residir con carácter permanente en el exterior sin perder la residencia en nuestro país.

¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir los ciudadanos cubanos para optar por este tipo de permiso?

Los requisitos son haber contraído matrimonio con un ciudadano extranjero y mantener una conducta moral y social acorde a las normas de convivencia en nuestra sociedad.

¿Cuáles son las facilidades que ofrece el Permiso de Residencia en el Exterior a los ciudadanos cubanos que poseen este permiso?

Las facilidades que ofrece este permiso serian:

  • Visitar nuestro país cuando lo desee sin que tenga que mediar autorización alguna.
  • En cada viaje que realice a Cuba podrá permanecer por un período de 3 meses sin necesidad de realizar trámite alguno y en caso de necesidad podrá prorrogar su estancia 3 veces hasta 12 meses como máximo, lo cual realizará ante las Autoridades Migratorias correspondientes.
  • A los familiares extranjeros que lo acompañen en su viaje se les otorga en la oficina consular una visa A-2 por 90 días, debiendo personarse en las oficinas de inmigración correspondientes al domicilio donde va a pernotar, al día siguiente de su arribo al territorio nacional, con el objetivo de registrar su estancia y en caso de necesidad podrá prorrogar su estancia en el país, previa solicitud a las Autoridades Migratorias correspondientes.
  • Tienen derecho a mantener sus propiedades en Cuba, no se les aplica la ley 989 del año 1961.
  • Tienen derecho a heredar bienes de sus familiares cercanos

¿Cuáles son las obligaciones que tienen los portadores del Permiso de Residencia en el Exterior?

Las obligaciones son:

  • Inscribirse en el Registro de ciudadanos cubanos de la oficina consular correspondiente al lugar de su residencia.
  • Si traslada su residencia a otro país deberá informar a la Oficina Consular donde esta inscrito y además deberá presentarse en la Oficina Consular más cercana a su nuevo domicilio para efectuar su nueva inscripción.
  • En caso de permanecer por más de 12 meses ininterrumpidos en Cuba perderá la condición y debe solicitar nueva autorización.
  • El incumplimiento de alguna de las obligaciones puede motivar la revocación del Permiso de Residencia en el Exterior.
  • La no permanencia de algunos de los requisitos exigidos para el otorgamiento puede motivar la revocación del Permiso de Residencia en el Exterior.

¿Cuáles son los documentos que se deben presentar ante las oficinas consulares para solicitar el Permiso de Residencia en el Exterior?

El Permiso de Residencia en el Exterior se debe solicitar personalmente y los documentos a presentar son:

  • Llenar la planilla de solicitud en todas sus partes, con una foto pegada a ella.
  • Entregar4 fotos.
  • Fotocopia de las páginas útiles del pasaporte, es decir todas las que tengan algún cuño, sello o visa estampada.
  • Carta de solicitud personal del interesado en la que exprese el deseo de obtener el permiso de residencia en el exterior y hace constar a quién nombra como representante o referencia en Cuba, aportando dirección particular y teléfono de esa persona.
  • En los casos de ciudadanos cubanos que hayan salido al exterior por Asuntos Oficiales o Permisos de Viaje Temporal tramitados por alguna institución, debe presentar carta de liberación de la institución por la que salió del país, firmada por su Ministro, la que debe ser tramitada por el interesado o sus familiares en cuba.
  • Certificado original de matrimonio cubano (con menos de dos años de expedido) en caso de haber contraído matrimonio en Cuba.
  • Para los casos que contrajeron matrimonio en el exterior, usted debe solicitar en la Oficina Consular la trascripción del matrimonio a Cuba y una vez realizada la misma, el Funcionario Consular adjuntará al expediente de la solicitud del Permiso de Residencia en el Exterior el modelo 16/30 contentivo de la trascripción del matrimonio, que cumple la misma función que el certificado de matrimonio.

¿Qué ocurre con los hijos nacidos en Cuba de los ciudadanos que obtienen el Permiso de Residencia en el Exterior?

Los hijos menores de 21 años pueden acogerse al Permiso de residencia en el exterior otorgado a uno de sus padres, el que puede ser solicitado ante las Autoridades Migratorias correspondientes al lugar de residencia o en las oficinas consulares de Cuba en el exterior, debiendo presentarse los documentos siguientes:

  • Llenar la planilla de solicitud en todas sus partes, con una foto pegada a ella.
  • Entregar4 fotos.
  • Fotocopia de las páginas útiles del pasaporte, es decir todas las que tengan algún cuño, sello o visa estampada.
  • Fotocopia del pasaporte cubano donde aparece reflejado el Permiso de Residencia en el Exterior del padre o la madre por el que lo solicitan.
  • Carta de solicitud personal del interesado o del padre o la madre cubanos en la que exprese el deseo de obtener el permiso de residencia en el exterior y hace constar a quién nombra como representante o referencia en Cuba, aportando dirección particular y teléfono de esa persona.
  • Certificado de nacimiento cubano original del menor de edad.

Para el caso de los hijos nacidos en el exterior, el o la titular del Permiso de Residencia en el Exterior podrá iniciar los pasos para la obtención de la ciudadanía cubana del menor, según se establece en la Ley, cuyo primer paso es la trascripción del nacimiento del menor de edad en el Consulado cubano donde el o la titular del PRE tiene fijada su residencia

Si cumples los requisitos y estás interesado en solicitar el Permiso de Residencia en el Exterior, pero tienes alguna duda después de haber leído esta información, puedes visitar la Oficina Consular cubana en el país donde te encuentres y podrás recibir las aclaraciones que necesites.

Esperamos que esta información te resulte útil e interesante, trataremos en lo adelante de abordar temas que puedan ayudar a un mayor conocimiento por parte de la comunidad cubana residente en el exterior, de asuntos consulares que puedan resultar de su interés.