ANULACION DE MATRIMONIO ES LO MISMO QUE UN DIVORCIO?

Una de las preguntas más frecuentes en mi oficina es sobre la similitud entre la anulación del matrimonio y el divorcio.
Las personas del común acuden pidiendo que les anule el matrimonio de manera express y de mutuo acuerdo pensando que es lo mismo que un divorcio, pero jurídicamente no lo es.

La anulación del matrimonio tiene como propósito devolver el tiempo para el acto especifico, en palabras básicas indicar que el matrimonio nunca existió. Las causales para anular se encuentran en el artículo 140 del código civil colombiano y las siguientes son las que actualmente se pueden invocar

ARTICULO 140. CAUSALES DE NULIDAD. El matrimonio es nulo y sin efecto en los casos siguientes:

1o) Cuando ha habido error acerca de las personas de ambos contrayentes o de la de uno de ellos.

2o) Aparte tachado INEXEQUIBLE Cuando se ha contraído entre un varón menor de catorce años, y una mujer menor de doce <catorce>, o cuando cualquiera de los dos sea respectivamente menor de aquella edad.

3o) Cuando para celebrarlo haya faltado el consentimiento de alguno de los contrayentes o de ambos. La ley presume falta de consentimiento en los furiosos locos, mientras permanecieren en la locura, y en los mentecatos a quienes se haya impuesto interdicción judicial para el manejo de sus bienes. Pero los sordomudos, si pueden expresar con claridad su consentimiento por signos manifiestos, contraerán válidamente matrimonio.

5o) Aparte subrayado CONDICIONALMENTE exequible Cuando se ha contraído por fuerza o miedo que sean suficientes para obligar a alguno a obrar sin libertad; bien sea que la fuerza se cause por el que quiere contraer matrimonio o por otra persona. La fuerza o miedo no será causa de nulidad del matrimonio, si después de disipada la fuerza, se ratifica el matrimonio con palabras expresas, o por la sola cohabitación de los consortes.

6o) Cuando no ha habido libertad en el consentimiento de la mujer, por haber sido esta robada violentamente, a menos que consienta en él, estando fuera del poder del raptor.

8o) Numeral CONDICIONALMENTE exequible Cuando uno de los contrayentes ha matado o hecho matar al cónyuge con quien estaba unido en un matrimonio anterior.

9o) Cuando los contrayentes están en la misma línea de ascendientes y descendientes o son hermanos.

11) Aparte subrayado CONDICIONALMENTE exequible Cuando se ha contraído entre el padre adoptante y la hija adoptiva; o entre el hijo adoptivo y la madre adoptante, o la mujer que fue esposa del adoptante.

12) Cuando respecto del hombre o de la mujer, o de ambos estuviere subsistente el vínculo de un matrimonio anterior.
En la practica la más común en la numerada 12, cuando subsiste vinculo anterior vigente, esto quiere decir que si se descubre que alguno de los contrayentes nunca disolvió un matrimonio anterior, el nuevo contrayente o sus herederos o el juez en su propia voluntad, podrán anular el contrato matrimonial.

Una de las diferencias con el divorcio, es precisamente que la anulación no es un procedimiento express, esto quiere decir que se requiere de trámite judicial y sentencia de juez mediante proceso verbal y no se puede hacer de mutuo acuerdo.

Cabe añadir que la anulación no elimina los derechos y obligaciones de manutención frente a los hijos e igual puede solicitarme una indemnización al contrayente inocente por los perjuicios ocasionados por quien se casó sin haberse divorciado.

El mismo código civil expresa que “Anulado un matrimonio, cesan desde el mismo día entre los consortes separados todos los derechos y obligaciones recíprocas que resultan del contrato del matrimonio; pero si hubo mala fe en alguno de los contrayentes, tendrá este obligación de indemnizar al otro todos los perjuicios que le haya ocasionado, estimados con juramento”.

Conviene decir que cada causal es independiente y requiere de un análisis del abogado especialista en derecho de familia para poder indicar si es viable y si hay prueba suficiente.

Esteban Rada  Abogado Colombia
Especialista en Derecho de Familia
Magister en Derecho
Email: This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.
Tel desde el exterior    + 57-4-2682435
Tel nacional 4-2682435