Como Prepárese para el Dia en la Corte de San Diego
1. ¿Cómo obtengo una nueva fecha de audiencia (aplazamiento)? Si tiene un buen motivo para cambiar su fecha de audiencia, puede presentar una Petición para aplazar o escribir una carta a la corte solicitando una nueva fecha de audiencia.
- Si presenta un Petición para aplazar, tiene que entregar legalmente una copia del mismo a todas las partes, ya sea por correo o entrega personal.
- Si, por el contrario, escribe una carta a la corte, tiene que enviar una copia a todas las partes, y la carta tiene que indicar que envió una copia a todas las partes. (Puede hacer una anotación al pie de página que diga "copias enviadas a", seguida de los nombres de todas las partes.
Ya sea que presente el formulario o una carta a la corte, tiene que pagar una cuota de presentación (vea las cuotas locales) a menos que cumpla con las siguientes excepciones:
1. La corte le ha otorgado una exención de cuotas; o
2. Está solicitando una nueva fecha de audiencia porque no le entregaron legalmente los documentos correctamente o a tiempo; o
3. Está solicitando una nueva fecha de audiencia antes de que el demandante le haga la entrega legal.
Tiene que tener un buen motivo para cambiar la fecha de la audiencia. Por lo general la corte cambiará la fecha de su audiencia si:
- El demandante no tuvo la oportunidad de entregar los documentos de la corte al demandado;
- No le entregaron los documentos de la corte al demandado con suficiente anticipación antes de la audiencia;
- El demandado presentó un contrarreclamo, pero no le entregaron los documentos de la corte al demandante al menos 5 días antes de la audiencia.
Excepción: Si al demandado le entregaron los documentos de la corte menos de 15 días antes de la fecha de la audiencia, el demandado puede entregar los documentos de la corte al demandante hasta el día anterior a la audiencia.
* La corte piensa que las partes quieren probar la mediación o alguna otra forma de resolución de disputas.
Si no sabe con seguridad si su motivo es suficiente para cambiar la fecha de la audiencia, pregúntele a un asesor de reclamos menores en su condado.
2. ¿Qué pasa si tengo una discapacidad y necesito modificaciones especiales? Si tiene una discapacidad y necesita ayuda, obtenga el formulario llamado Solicitud de modificaciones, del secretario de la corte. Las personas con discapacidades auditivas pueden usar números TDD para ponerse en contacto con la corte. Haga clic en el nombre de la corte para ir a la página con los números TDD e información sobre la ubicación de la corte. * Corte de Santa Clara, Corte de Palo Alto y la Corte de South County
3. ¿Qué pasa si necesito un intérprete? La corte no le puede dar un intérprete. Si puede pagar un intérprete, consulte la lista de intérpretes en el sitio Web del consejo judicial del estado. Su intérprete no puede ser un abogado y no lo puede representar.
Si no puede pagar a un intérprete, lleve a alguien que hable inglés. Usted tiene que pedir a la corte que permita que esa persona sea su intérprete. Vea la página de servicios de intérpretes en el sitio Web principal de la corte.
4.¿Qué debo llevar a la audiencia? Traiga todas las pruebas que puedan ayudar al juez a entender el caso. Las pruebas pueden ser:
- * Un contrato escrito, Recibos, Cartas, Presupuestos por escrito, Órdenes de reparación, Fotografías
- * Cheques cobrados, Libros de contabilidad, Propagandas, Garantías y Contratos de servicios.
Si puede, lleve los originales en lugar de copias. Si su caso es sobre propiedad dañada, algunas cortes le piden que muestre 2 ó 3 presupuestos para demostrar que su reclamo es razonable. Haga un mapa, diagrama o dibujo si eso lo ayudará a explicar su caso.
Haga 2 copias de cada documento que quiera entregarle al juez. El juez le podrá pedir que le entregue 1 copia a la otra persona y podrá quedarse con 1 copia para los archivos de la corte. Por lo general le permiten quedarse con el original.
En la corte de reclamos menores el juez le hará las preguntas que necesite para entender su caso. También podrá tener en cuenta información y pruebas que no se permitirían en otras cortes. No vacile en llevar documentos que le parezca que podrán ayudar al juez a entender el caso.
En la mayoría de los casos, usted o la otra persona le pueden dar al juez toda la información y los documentos necesarios para entender y decidir el caso.
A veces necesita un testigo para que le dé información a la corte. Si le parece que esa información es una parte importante de su caso o defensa, trate de conseguir que el testigo vaya a la audiencia. Si un testigo no puede ir, pídale que escriba y firme algo que se conoce como una "declaración". La declaración debe decir todo lo que el testigo quiera decirle al juez sobre su caso.
Al final de la declaración el testigo debe escribir: "I declare under penalty of perjury under the laws of the State of California that the above is true and correct." (“Declaro bajo pena de perjurio bajo las leyes del Estado de California que lo que antecede es verdadero y correcto”).
El testigo tiene que firmar la declaración, ponerle la fecha y escribir su ciudad y número de teléfono. Si el testigo no vive en California tiene que firmar la declaración frente a un notario público.
Nota: El juez no está obligado a aceptar una declaración por escrito, así que trate de hacer que los testigos importantes vayan a su audiencia.
Hable con su testigo antes de la audiencia. Es posible que no vea las cosas de la manera en que usted las ve. O tal vez se olvidaron los puntos importantes. Si el testigo es hostil hacia usted, puede hacer más daño que bien.
Si su caso es sobre algo técnico, como un carro o un televisor que no funciona, es posible que tenga que hablar con un experto. Consiga que el experto sea un testigo en la audiencia o pídale que escriba y firme una declaración. El juez también puede nombrar a un experto o hablar con él. No le devuelven el dinero que gasta en testigos expertos, pero es posible que igual le convenga contratar a uno.
Si su testigo se niega a ir a la corte o a dar a la corte los documentos que usted necesita, puede darle una citación al testigo. Un formulario llamado Citación de reclamos menores (o Citación civil) es una orden de la corte que hace que una persona vaya a la corte. Haga clic aquí si quiere obtener más información sobre citaciones en el sitio Web de la corte estatal.
No es una buena idea forzar a alguien a que testifique a su favor. Probablemente no será un buen testigo y hasta podrá testificar en su contra. Pero es posible que necesite una citación para que un testigo obtenga permiso de su jefe para faltar al trabajo para testificar o llevar documentos a la corte.
Puede obtener una citación del secretario o haga clic aquí para abrir el formulario en línea. Llene el formulario y hágalo firmar por el secretario antes de hacer la entrega legal de la citación. Después, usted o cualquiera otra persona puede darle una copia de la citación al testigo. Después de entregarle la copia, envíe la citación original de vuelta a la corte junto con una Prueba de entrega (haga clic aquí para abrir el formulario) con el reverso llenado.
Un testigo puede pedir $35 por día más 20 centavos por cada milla que maneja en cada dirección. Si su testigo es un oficial de policía o un empleado de gobierno, tendrá que pagar más. El testigo no tiene que ir a la corte si no le pagaron. La persona que entregó la citación tiene que estar lista para pagar al testigo cuando le entrega la citación. Si el testigo no pide que le paguen, usted no tiene que ofrecer.
El formulario de citación exige que describa lo que necesita, y por qué lo necesita. Si quiere que el testigo traiga documentos a la audiencia, marque la casilla que le pide eso al testigo. Puede pedirle al testigo que traiga los documentos y preste testimonio, o que sólo traiga los documentos. Llene el formulario de declaración (pagina 2 de la Citación de reclamos menores) y diga exactamente qué documentos necesita, y por qué los necesita. Se le debe entregar legalmente al testigo la Citación de reclamos menores y una copia del formulario de declaración.
Después de que el testigo reciba la citación, llene la Prueba de entrega en la parte de atrás y entregue el original al secretario de la corte antes de la audiencia.
5. ¿Qué pasa en la audiencia?
- El secretario pasa lista para ver quiénes están presentes.
- Se “juramenta” a las partes del caso para que puedan atestiguar.
- Le pedirán a usted y a la otra parte que vayan afuera para conversar y tratar de llegar a un acuerdo sobre el caso, y para compartir pruebas.
- Cuando todos están de vuelta en la sala de la corte, el juez se sienta en el estrado.
- Por lo general los casos se llaman en este orden:
- 1. Peticiones y solicitudes. Casos en que alguien quiere un aplazamiento o hay un acuerdo.
- 2. Casos en que sólo está presente el demandado.
- 3. Cuestiones de falta de comparecencia. Casos en que sólo está presente el demandante.
- 4. Casos disputados. Casos en que ambas partes están presentes y no pueden llegar a un acuerdo en su caso.
- Cuando llamen su caso, usted y sus testigos irán a la mesa del demandante o del demandado. Esté preparado para entregar las pruebas documentarias que tenga al secretario de sala. El secretario marcará las pruebas y se las entregará al juez.
- Por lo general, el demandante presenta su caso primero. Cuando el demandante termina, el demandado tiene la oportunidad de dar su versión del caso.
* El juez, el comisionado o el juez Pro Tem, llamados funcionarios judiciales, pueden dar su decisión en la corte después de oír los dos lados de la historia. O pueden tomar la decisión después. Esto se conoce como “tomar la cuestión en consideración”. Si el juez decide el caso en la corte, le devuelven las pruebas y le entregan una copia de la decisión del juez en el Aviso de publicación del fallo (SC-130). Si el juez toma tiempo para decidir, usted recibirá una copia del aviso de publicación del fallo por correo, junto con las pruebas que entregó a la corte.
Nota: Si las pruebas son demasiado grandes como para ser enviadas por correo, es posible que las tenga que pasar a recoger en la oficina del secretario de la corte.
6. ¿Qué es un juez Pro Tem? La mayoría de las cortes utilizan jueces temporales (llamados jueces Pro Tem) para oír casos de reclamos menores. Un juez temporal es un abogado licenciado para ejercer el derecho en California con al menos 5 años de experiencia que se ofrece como voluntario para oír algunos casos. El juez temporal tiene que asistir a una clase de capacitación antes de oír casos.
El día de la audiencia le preguntarán si está de acuerdo (llamado consentir o estipular) en que un juez temporal decida su caso. Todos en el caso tienen que estar de acuerdo en tener un juez temporal. Algunas cortes lo hacen firmar un formulario de consentimiento. Si alguien no está de acuerdo, el secretario fijará otra fecha para la audiencia. La audiencia será presidida por un comisionado de la corte.
7. ¿Es demasiado tarde para llegar a un acuerdo antes de la audiencia? Antes de la audiencia salen al pasillo para compartir pruebas y tratar de llegar a un acuerdo. Si llegan a un acuerdo, vuelvan a la sala de la corte y díganles que llegaron a un acuerdo.
Tiene que: Despedir la acción, Aplazar la audiencia hasta que se hayan cumplido los términos de su acuerdo o, Poner el acuerdo en los expedientes de la corte como un fallo formal.
8. Cómo presentar su caso - Antes de la audiencia, el juez o algún otro funcionario de la corte le explicará cómo funciona la sala de la corte. Después la corte llamará la lista para ver quiénes están presentes para sus audiencias. Escuche con atención para saber qué hacer. A todos los que serán parte de la audiencia se les tomará juramento de que dirán la verdad.
La corte oirá todos los casos. Por lo general, los casos en los que el demandado no está presente – llamados “casos de falta de comparecencia” – se oyen primero. Preste atención a los otros casos para saber mejor cómo presentar su caso o defensa. No salga de la sala de la corte. Los casos no siempre se llaman en el orden del calendario de la corte.
Cuando el juez esté listo para oír su caso ocurrirá lo siguiente:
* El juez llamará los nombres de los demandantes y de los demandados en el caso.
* Usted, las otras partes y los testigos deberán ir a la mesa en frente del juez.
* Por lo general, el juez le pide al demandante que diga su versión primero y después puede hablar el demandado. Pero algunos jueces pueden empezar haciendo preguntas para saber más sobre el caso.
* No se olvide de decir las cosas más importantes primero. Por lo general tendrá sólo unos pocos minutos para dar su versión del caso o contestar preguntas.
* Puede usar apuntes, pero trate de no leer una declaración preparada.
* Compruebe que tenga consigo todas sus pruebas y documentos importantes. Dígale al juez que los tiene y pídale al secretario que se los entregue al juez.
* Si el juez se tiene que quedar con sus pruebas, pregunte cómo y cuándo se las devolverán.
Decir su versión del caso no es como contar una historia a un amigo. Cuando usted habla con un amigo, por lo general empieza por el principio, da todos los detalles, crea suspenso y después termina. En la corte usted desea que el juez piense en los aspectos más importantes de su caso.
Algunos jueces investigan el caso después de oír su información en la sala de la corte. Por ejemplo, un juez podrá pedir a la Agencia de Reparación de Automóviles que investigue alegatos de que un taller de reparaciones de carros hizo trabajo fraudulento. Algunos jueces hablan con contratistas que conocen y en los que confían para obtener asesoramiento en casos de construcción.
Por ejemplo, si su caso es sobre trabajo deficiente que se hizo en un taller de pintura de carros, le conviene llevar su carro al estacionamiento de la corte y pedirle al juez que mire su carro. Un juez puede visitar el lugar en que usted tuvo un accidente de carro. Pero es decisión del juez si investigará o no.
Sea breve. Trate de ser objetivo y de guardar la calma. El juez sólo quiere oír los hechos. No grite ni insulte a la otra persona o al testigo, por más enfadado que esté. En la audiencia hable sólo al juez.
NO hable a la otra parte. Sea HONESTO. Piense en la pregunta del juez antes de responder. Si no entiende la pregunta, pida al juez que se la explique.
El juez está pensando en leyes que tal vez usted desconoce. No se enfade si las preguntas son sobre cosas que le parece que no son importantes. Las preguntas del juez pueden ser muy importantes para su caso.
La ley dice que toda adjudicación de dinero tiene que ser “razonable”. Es por eso que el juez querrá saber exactamente cómo llegó el demandante a la cantidad que pidió. El demandante tiene que poder explicar cómo llegó a esa cantidad. Si está pidiendo intereses, el demandante tiene que estar listo para mostrar como se calcularon. Conviene dar al juez sus daños por escrito.
Si el demandado cree que el demandante está pidiendo demasiado dinero, el demandado tiene que poder explicar por qué. El demandado le puede decir al juez si sabe que debe parte del dinero al demandante. El juez le puede ordenar que pague el monto completo adeudado de una sola vez, o le puede permitir que lo pague en cuotas. Para solicitar un plan de pagos, puede presentar un formulario de Petición para pagar el fallo en cuotas.
Mientras que el juez pida a la otra parte que diga su versión de lo que ocurrió, no discuta ni interrumpa, incluso si le parece que es una mentira o que no está bien. Anote lo que se dijo, para que no se le olvide. Por lo general le dan tiempo para responder.
9. Cómo solicitar costas - La mayoría de los jueces adjudican rutinariamente los costos de la corte a la persona que gana, pero no se olvide de pedírselos al juez en la audiencia. Los costos son lo que usted paga de su propio bolsillo por honorarios y cuotas para presentar su reclamo. Si le dan los costos, se incluirán en el fallo. Si nadie “pierde”, es posible que el fallo no incluya costos de la corte.
Guarde todos los recibos de sus cuotas de presentación y otras costas. Sólo puede obtener la devolución de algunas costas de la persona que pierde. Por ejemplo: Cuotas de presentación, Cuotas de entrega legal, Honorarios de testigos (no para testigos expertos), y Cuotas para entregar citaciones (para testigos o documentos). El juez puede adjudicar otros tipos de cost as, así que lleve sus recibos a la audiencia.
10. ¿Qué pasa si no voy a la audiencia en la corte?
Si usted es el demandante y no va a la corte, su caso probablemente se despedirá, a menos que haya circunstancias especiales.
Si usted es el demandado y no va a la corte, el demandante probablemente ganará después de presentar su caso.
La persona que no fue a la audiencia puede presentar una petición para anular el fallo si tuvo un buen motivo para no ir.