La Vigencia de Viaje Cuba
Abogados CubaAbogados Cuba - La Vigencia de Viaje podrá ser solicitada por los emigrados cubanos mayores de 18 años de edad portadores de pasaporte cubano vigente y por los representantes legales de los menores de dicha edad y de los declarados incapacitados. El trámite se realizará de forma individual.

Para iniciar el procesamiento usted debe presentar la información siguiente:

- Planilla A0-11 "Solicitud de Vigencia de Viaje" debidamente respondida.
- Antecedentes penales para los mayores de 18 años.
- 7 fotos tipo pasaporte.
- Fotocopia donde conste su salida legal del País. Puede ser el permiso de salida que aparece en el pasaporte.
- Pasaporte cubano vigente que le será devuelto automáticamente.
- Abonar el arancel correspondiente para el inicio del trámite y posteriormente para su conclusión.
- Fotocopia de la residencia legal en el país donde reside.

Los ciudadanos cubanos que posean Permiso de Residencia en el Exterior o Salidas Indefinidas, no pueden solicitar este documento.

Los beneficiados con la Vigencia de Viaje podrán entrar en Cuba por períodos de hasta 90 días de forma ininterrumpida. La entrada al país se efectuará por los distintos puntos habilitados para el transporte aéreo internacional de pasajeros y deben presentar la vigencia de viaje junto al pasaporte cubano vigente, la constancia de su residencia legal en el exterior y el boleto de regreso.

La vigencia podrá ser renovada dos veces cada dos años.

El documento de Vigencia de Viaje podrá ser revocado cuando el titular deje de reunir los requisitos que motivaron su expedición. Los emigrados cubanos que no posean la Vigencia de Viaje podrán continuar solicitando el permiso de entrada a Cuba por las vías y procedimientos que actualmente se aplican.

No podrán viajar a Cuba, transcurridos 5 años desde la fecha de su salida del país:

Aquellos que salieron de Cuba violando los controles migratorios formalmente establecidos, o cuya salida fue efectuada mediante fraude o secuestros de naves o aeronaves, nacionales o extranjeras, aún habiendo existido los controles migratorios.

Aquellos funcionarios o empleados encargados de cumplir alguna misión en el extranjero, que permanecen en el exterior en condiciones distintas a las previstas antes de su salida, sin la debida autorización del organismo de procedencia.

 
We have 28 guests online